Rentar: como dueño y como inquilino
Rentar es de las mejores maneras de que una propiedad se pague sola, y en una plaza turística como Vallarta hay demanda todo el año. Pero conviene hacerlo bien desde el contrato.
Como dueño: el contrato de arrendamiento va por escrito, con el monto, el plazo, el depósito en garantía y quién paga qué. Un contrato claro evita casi todos los pleitos. Por las rentas que reciba paga ISR; la ley le deja elegir entre restar sus gastos reales comprobados o aplicar una deducción sin comprobantes (la llamada deducción ciega, del 35 por ciento de la renta) y pagar sobre el resto. Un contador le dice cuál le conviene. Si usted vive en otro país o en otra ciudad, nosotros administramos la propiedad por usted: cobramos la renta, pagamos servicios, atendemos al inquilino y le reportamos.
Como inquilino: exija su contrato por escrito y su recibo de cada pago, revise qué incluye la renta (agua, mantenimiento, cuota de condominio) y entienda las condiciones del depósito. Tiene derecho a que le devuelvan el depósito si entrega la propiedad como la recibió.
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